Justicia y Derechos HumanosTRANSPORTE

EL ERSEP MULTÓ A LA EMPRESA DE TRANSPORTE INTERURBANO LUMASA, POR NEGAR EL TRASLADO GRATUITO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La medida se tomo luego de que el ente recibiera la denuncia de un grupo de personas a las que le negaron el derecho que por ley le corresponde. La empresa debera pagar una multa de $150.000

El hecho sucedió con seis beneficiarios del Pase Único, Libre y Universal para personas con discapacidad. El grupo intentó subir el 9 de febrero a una unidad de transporte en la localidad de Valle Hermoso.

Uno tras otro fue exhibiendo los pases reglamentarios, de beneficiario y acompañante, respaldados con sus documentos de identidad. Sin embargo, el video muestra cuando el chofer del colectivo intentó negar el pasaje que por ley corresponde a las personas que presentan esta documentación.

 

A raíz de la denuncia del caso, que se tramitó ante el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep), el organismo impuso una multa contra la empresa que asciende a 150 mil pesos.

Fue a través de la Resolución N° 277, del 28 de febrero. El motivo: “haber negado el traslado gratuito de personas con discapacidad, beneficiarias del Pase Único, Libre y Universal expedido por la Secretaria de Transporte de la Provincia, en el marco de la Ley Provincial N° 9440”.

Además del colectivero, una persona que se presentó como “sumariante del lugar” insistió con la orden hacia los pasajeros. “Nosotros estamos cumpliendo con la ley que dice que son dos personas por colectivo”, dijo.

Ante esta intervención, la “sumariante” recibió una respuesta aún más inquietante: “Si hablamos de cumplir la ley, el chofer viene hablando por teléfono celular mientras conduce en la ruta”, le dijeron.

La persona interviniente hizo caso omiso a la advertencia de la pasajera y pidió que esa denuncia fuera realizada ante el Ersep. Finalmente, en el video también se puede observar cuando el chofer (se resguarda su identidad) realiza una llamada telefónica en pleno tránsito.

Ersep

Desde el ente regulador emitieron un comunicado para subrayar la importancia del cumplimiento de la ley. “El Ersep hace hincapié en la posición de hipervulnerabilidad de los usuarios con discapacidad respecto de los prestadores del servicio; al encontrarse este grupo de usuarios en una posición de desventaja –incluso mayor que la del resto de los usuarios- para hacer valer sus derechos fundamentales”.

En otro tramo del video se alcanza a escuchar que el chofer acusa a las personas con discapacidad de no descender de un coche diferencial. “Vos te pensás que porque tenés pase podés hacer lo que vos quieras”, dice el transportista.

En su comunicado, Ersep agrega que “La Resolución indica que los beneficios otorgados por la Ley 9440 a favor de las personas con discapacidad deben ser interpretados de manera amplia, al no estar previstas limitaciones o restricciones en la Ley Provincial”.

Al respecto, Mario Blanco, titular de la entidad, dijo en diálogo con La Voz que se están receptando numerosos reclamos por esta misma dificultad. “Este fue muy particular porque el chofer llevó al pasaje hacia la comisaría y finalmente los hicieron bajar. Además, el chofer estaba manejando en zona serrana y hablando por celular. Todo quedó registrado en video”, detalló.

Blanco destacó que se vienen resolviendo distintos problemas de estas características. “Existe un decreto nacional, que no nos rige, que establece una limitación de dos personas por colectivo. Pero hay una ley provincial y un decreto de la provincia, que no marca un tope de personas”, aclaró y agregó que “legalmente está muy claro el derecho que existe hacia la persona discapacitada. Es un caso tan patético y hubo que actuar en consecuencia”.

Damnificadas

«Es lo que esperábamos. Pero necesitábamos algo más ejemplificador».

Esas fueron las primeras palabras de Patricia Mónica. Ella y otras dos mamás, Melisa Fernández y Alejandra Ponza, estaban sobre el colectivo cuando se produjo la situación que quedó registrada en video. «Cuando nosotros fuimos hacia el Ersep, pedimos una resolución que supere la multa. Sabemos que para la empresa una multa es fácil de pagar. Necesitamos que haya una intervención más profunda», advirtió Patricia en diálogo con este medio.

La mujer dio detalles de la sensación que atravesó a las mujeres. «Ese día el chofer nos decía que estaba el cupo completo de personas discapacitadas, pero ante la pregunta nadie se identificó como persona discapacitada. Luego, la sumariante de la policía no quiso identificarse y nos quería obligar a bajar. Esto fue muy grave y queremos que los choferes sean capacitados, para que sepan cómo deben tratar a las personas. Y tienen que saber los derechos y obligaciones de los usuarios y de los transportistas», planteó Patricia.

Además, puntualizó el enojo del grupo de madres con la Policía. «Los agentes de policía no conoce las leyes. Pero además no tuvieron gestos de humanidad. Sentimos mucha humillación al ser bajados del colectivo. Sabemos muy bien que nosotros no estábamos en falta», dijo la mujer.

Creditos: La Voz

Comunicado del ERSEP

 

«El Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP), a través de la Resolución N° 277 del 28 de febrero de 2020, aplicó una multa del orden de los 150 mil pesos a una empresa concesionaria del servicio público de transporte interurbano de pasajeros por haber negado el traslado gratuito de personas con discapacidad, beneficiarias del Pase Único, Libre y Universal expedido por la Secretaria de Trasporte de la Provincia, en el marco de la Ley Provincial N° 9440.

La Resolución indica que los beneficios otorgados por la Ley 9440 a favor de las personas con discapacidad deben ser interpretados de manera amplia, al no estar previstas limitaciones o restricciones en la Ley Provincial; en armonía con las pautas interpretativas previstas por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobado y vigente en nuestro país.

Asimismo, el ERSeP hace hincapié en la posición de hipervulnerabilidad de los usuarios con discapacidad respecto de los prestadores del servicio; al encontrarse este grupo de usuarios en una posición de desventaja –incluso mayor que la del resto de los usuarios- para hacer valer sus derechos fundamentales.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Regulador explicita que, en estos casos, se intensifica la función de las sanciones que aplica, tendientes a desalentar o prevenir este tipo de actitudes, constituyendo las mismas un mensaje al prestador en particular –y al sistema regulado en general- para evitar la reiteración de este tipo de inconductas.»

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